Ahorro

Fondo de Garantía de Depósitos: qué cubre y hasta cuánto

Qué pasa con tu dinero si tu banco quiebra, y cómo repartirlo para que esté protegido.

Actualizado el 6 de noviembre de 2026

Qué cubre

  • Los saldos de cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos a plazo, en cualquier moneda 3.
  • Los intereses que se te deban hasta el día en que se activa la garantía, dentro del mismo límite 3.
  • Aparte, los valores que hayas confiado a la entidad, como acciones o bonos, hasta otros 100.000 €, si la entidad no puede devolvértelos 1.

Qué no cubre

  • Los productos que no se devuelven por su valor nominal ni los que solo se acreditan con un instrumento financiero, como las cesiones temporales de activos 3.
  • El dinero de más de 100.000 € por titular en la misma entidad, salvo los saldos altos temporales que se explican a continuación.

Cuentas compartidas y saldos altos

Si la cuenta tiene varios titulares, se reparte según el contrato y, si no dice nada, a partes iguales, y cada titular tiene su propio límite de 100.000 € 3. Algunos saldos altos y temporales están cubiertos aunque superen ese límite durante tres meses desde que llegan a tu cuenta, como el dinero de la venta de tu vivienda o una indemnización por despido 1.

Cómo proteger tus ahorros

  1. Si tienes más de 100.000 €, repártelos entre entidades distintas: el límite es por entidad, no por cuenta.
  2. Fíjate en la entidad, no en la marca: dos marcas pueden ser la misma entidad. El directorio de códigos de banco te dice qué entidad hay detrás de cada IBAN.
  3. Antes de contratar, pregunta a qué fondo de garantía está adherida la entidad: tiene que informarte antes de firmar 4.
¿Cuánto tarda el Fondo en pagar?

7 días hábiles desde que se activa la garantía, sin que tengas que pedirlo 2,3.

¿El límite es por cuenta o por entidad?

Por titular y entidad: se suman todas tus cuentas y depósitos en la misma entidad, y el total está cubierto hasta 100.000 € 1.

Fuentes

  1. Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. Texto consolidado, BOE. www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-16173
  2. Fondo de Garantía de Depósitos. Pago de los importes garantizados. www.fgd.es/informacion-general/que-es-el-fgd/depositos-dinerarios/pago-de-los-importes-garantizados/
  3. Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito. Texto consolidado, BOE. www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-28535
  4. Fondo de Garantía de Depósitos. Depósitos dinerarios garantizados. www.fgd.es/informacion-general/que-es-el-fgd/depositos-dinerarios/depositos-dinerarios-garantizados/

Información general, no asesoramiento financiero. Las cifras de las calculadoras son estimaciones: las condiciones que valen son las de la oferta de tu banco. bancos.app no es un banco ni está vinculado a ninguna entidad.